FUNCIONES
• Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:
a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.
b) De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los
legitimados en el proceso penal.
c) De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.
• A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito
económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o
social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.
• En el ámbito del apartado c) se considerarán comprendidas las grandes superficies
comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.

