FUNCIONES

Los detectives privados, a solicitud de personas físicas o jurídicas, se encargarán:

a) De obtener y aportar información y pruebas sobre conductas o hechos privados.

b) De la investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los

legitimados en el proceso penal.

c) De la vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos.

A estos efectos se considerarán conductas o hechos privados los que afecten al ámbito

económico, laboral, mercantil, financiero y, en general, a la vida personal, familiar o

social, exceptuada la que se desarrolle en los domicilios o lugares reservados.

En el ámbito del apartado c) se considerarán comprendidas las grandes superficies

comerciales y los locales públicos de gran concurrencia.

27/05/2008 20:29 Autor: eduard. #. Tema: MARCO LEGAL DEL DETECTIVE.

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